28 de enero de 2016

Adanismo y carrera docente

(Publicado en Escuela el 14  de enero de 2016)

En los próximos años se producirá una renovación generacional muy significativa en el profesorado español. Por eso, el debate sobre su selección, formación y evaluación tiene más interés que el de la mera discusión coyuntural sobre determinadas propuestas mediáticas surgidas al calor de la contienda electoral. Lo peor de ellas es el adanismo con que plantean para un futuro perfecto cosas que ya existen ahora y que quizá podrían (y deberían) ser mejoradas en un presente continuo menos ruidoso. El ejemplo más claro es la referencia recurrente a ese MIR educativo ideal (¿se llamaría PIR?) que curiosamente acaba sirviendo de coartada para suponer que el actual máster del profesorado de secundaria es igual de inútil (¿tiene que serlo?) que aquel CAP extinguido hace ya siete años.

El efectismo de esas propuestas oculta, sin embargo, una visión bastante tradicional e ingenua de unas destrezas profesionales que, en el caso de los docentes, se siguen reduciendo al dominio de unos saberes y a la habilidad para conseguir que los alumnos los aprendan. Aparentemente lo primero lo garantizaría la selección del profesorado y lo segundo el periodo de prácticas. Nada nuevo bajo el sol. Las oposiciones del profesorado de secundaria han valorado siempre el dominio de los contenidos de la especialidad. Algo que, excepto en las especialidades poco demandadas por sus titulados universitarios y a las que opositan los de otras (como sería el caso quizá de las matemáticas), no deja de ser redundante con la formación universitaria ya acreditada. En cuanto a las prácticas, por muy importantes que sean y muy en serio que se planteen (y el actual prácticum del máster de profesorado de secundaria se está haciendo bastante bien en muchos sitios), si la selección del profesorado es previa y centrada solo en conocimientos demostrables en exámenes, seguirán manteniendo el carácter de trámite que siempre han tenido. De hecho, nadie suspendía ese año de prácticas que supuestamente definía el primer curso tras la oposición. Desde luego, no sería mala idea alargar el prácticum pero, tan importante como su duración, es el valor de su contenido y su relevancia para el acceso a la profesión.

26 de enero de 2016

La consulta, el ofrecimiento y la declinación


El pasado día 22 el Rey ofreció ser candidato a la Presidencia del Gobierno a Mariano Rajoy. Y él declinó el ofrecimiento. Así consta en el comunicado que la Casa Real emitió ese mismo día. Pero el Rey no puede ofrecerle eso. Ni Rajoy puede declinar nada ante él. Nada de eso es lo que establece el Artículo 99 de la Constitución.

Tras la consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria el Rey debe proponer un candidato a la Presidencia del Gobierno. Pero no a ninguno de los consultados sino al Presidente del Congreso.

El candidato que el Rey le proponga deberá exponer ante el Congreso el programa político del gobierno que pretenda formar y solicitar su confianza. Si no la consigue se tramitarán sucesivas propuestas en las que el Rey comunicará nuevos candidatos al Presidente del Congreso.

Una segunda ronda de consultas sin que medie votación en el Congreso altera el orden establecido en la Constitución y parece suponer que a la sesión de investidura se ha de acudir con garantías de apoyo que se habrían pactado incluso antes de las consultas del Rey y sin que el Congreso haya conocido el programa político de Gobierno a que alude el apartado segundo del artículo 99.